Preguntas Frecuentes
Resolviendo tus dudas: Preguntas frecuentes sobre discapacidad intelectual
Las personas con discapacidad intelectual es la limitación del funcionamiento intelectual. Es decir, te cuesta comprender o razonar. Es una limitación de la conducta adaptativa, en temas como los conceptos, las relaciones sociales o la prácticas. A la persona le cuesta adaptarse a los cambios que ocurren en la familia, en el trabajo o en el mundo. Todo esto ocurre antes de los 22 años.
La discapacidad intelectual no sólo tiene que ver con la persona. También tiene mucho que ver con su relación con el entorno.
En entornos inclusivos las personas con discapacidad intelectual pueden desarrollar muchas habilidades.
La discapacidad intelectual generalmente es permanente, es decir, para toda la vida, y tiene un impacto importante en la vida de la persona y de su familia. Esto da lugar a que los apoyos adquieran gran importancia. Deben ser centrados en la persona, globales, coordinados, orientados a resultados y que sirvan para que la persona pueda tomar decisiones.
Son todos los tipos de discapacidad que ocurren en el tiempo cuando te desarrollas. Es decir, antes de los 22 años.
Algunas de esas discapacidades son:
-La propia discapacidad intelectual: Implica una serie de limitaciones en las habilidades que la persona aprende para funcionar en su vida diaria: aprender, comprender y comunicarse.
-Los trastornos del espectro de autismo (TEA): Se caracterizan por deficiencias persistentes en la comunicación y en la interacción social en diversos contextos, unidas a patrones restrictivos y repetitivos de comportamiento, intereses o actividades.
-La parálisis cerebral: Afecta a cómo te mueves y a la postura de la persona. Esto puede limitar tu actividad. Esta discapacidad puede ir acompañada de una discapacidad sensorial o intelectual.
Todas estas circunstancias requieren de apoyos similares a los que se ofrecen a personas con discapacidad intelectual. Por eso, muchas de nuestras entidades también ofrecen apoyo a personas con trastornos del espectro de autismo o parálisis cerebral, por ejemplo.
Algunas personas con discapacidad pueden tener dificultades para:
-Comunicarse.
-Moverse.
-Aprender.
-Cuidarse.
-Vivir de forma independiente,
Importante:
Algunas personas tienen unas dificultades y otras tienen otras dificultades.
El certificado de discapacidad es un documento oficial que acredita la condición legal de persona con discapacidad, a la que se concede un grado de discapacidad concreto.
Este grado de discapacidad se evalúa mediante un baremo estatal y se valoran las limitaciones de la persona y factores sociales complementarios relativos como el entorno familiar, la situación laboral, educativa y cultural, que dificultan su inclusión social.
El grado de discapacidad se expresará en porcentaje y la discapacidad se reconoce a partir de un grado del 33%.
El certificado de discapacidad es lo que antiguamente se conocía como certificado de minusvalía.
La tarjeta de discapacidad sustituye al certificado de discapacidad en formato papel, que sólo tiene que presentarse cuando lo soliciten las Administraciones públicas. Esta tarjeta puede utilizarse para cualquier trámite administrativo y para acreditar que tiene una discapacidad reconocida.
Las personas a las que se le reconoce el grado de discapacidad pueden acceder a beneficios, derechos económicos y servicios de organismos públicos:
-Acceso a las medidas de fomento del empleo para personas con discapacidad
-Adaptación del puesto de trabajo
-Adaptación de pruebas selectivas en el acceso al empleo público
-Jubilación anticipada
-Acceso a la vivienda de protección pública
-Subvenciones y/o ayudas de carácter individual: tratamientos rehabilitadores, productos de apoyo, accesibilidad y adaptaciones en el hogar, etc.
-Tratamientos rehabilitadores y de apoyo
-Recursos y apoyos educativos
-Pensión no contributiva (PNC) por invalidez
-Prestaciones económicas y sociales para personas con discapacidad: Asistencia Sanitaria y Prestación Farmacéutica y Subsidio de Movilidad y Compensación para Gastos de Transporte
-Prestaciones familiares: Asignación económica por hijo o menor con discapacidad acogido a cargo, o mayores de 18 años con un grado de discapacidad igual o superior a 65%
-Ampliación del periodo de descanso por maternidad en los supuestos de discapacidad del hijo o menor acogido.
-Ingreso en Centros
-Beneficios fiscales: Necesidad de ayuda de tercera personas para desplazamiento a lugar de trabajo, movilidad reducida, necesidad de vivienda adaptada, etc.
El certificado de discapacidad y el reconocimiento de la dependencia no son lo mismo.
El certificado de discapacidad indica qué grado de discapacidad tienes. El reconocimiento de la dependencia
es un documento oficial que indica que una persona necesita apoyo por una enfermedad, por su edad o por la discapacidad. La discapacidad se reconoce a partir de un grado del 33%.
Ten en cuenta que:
-Puedes tener una discapacidad pero no ser una persona dependiente.
-Para la solicitud del reconocimiento de la situación de dependencia no es necesario tener el certificado del grado de discapacidad, aunque sí es recomendable.
-El certificado del grado de discapacidad no da acceso a los servicios y prestaciones de la Ley de Dependencia.
El certificado de discapacidad no te da acceso a los mismos apoyo que el reconocimiento de dependencia.
Para que a una persona le reconozcan la dependencia y tenga derecho a recibir prestaciones y apoyos, debe ser valorada por la administración pública correspondiente.
La persona interesada o, en su caso, su representante legal o guardador de hecho debe solicitarlo y presentar la documentación exigida en los Centros de los Servicios Sociales cualificados para emitirlos. En los Servicios Sociales de tu ayuntamiento, comunidad autónoma o en el propio hospital pueden informaros. En los centros base también.
La persona interesada o su representante legal pueden solicitarlo presentando la documentación necesaria
en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) a través de un formulario normalizado (anexo I), o presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la tramitación de este procedimiento las administraciones competentes comprobaran automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos:
- DNI/NIE de la persona solicitante.
- DNI/NIE de la persona representante.
- Certificado de residencia de la persona solicitante.
- Certificado de la renta de la persona solicitante (IRPF).
- Pensiones y/o prestaciones sociales percibidas.
- Historia Social Única.
- Demandante de empleo, si es el caso.
- Historia Clínica del SERGAS (Presentar anexo II únicamente si se opone a la consulta o no dispone de Historia Clínica del Sergas).
La dependencia es el estado en que se encuentran las personas que por edad, enfermedad o discapacidad, necesitan del apoyo de otra persona para realizar las actividades básicas de la vida diaria como: asearse, vestirse, comer o participar en la comunidad.
En España hay una ley que se llama “Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia” (Ley 39/2006, de 14 de diciembre), que establece 3 niveles en función de las necesidades de apoyo (el grado 3 es el que más necesidad de apoyo tiene).
Esta ley regula una serie de ayudas (económicas, servicios…) según el grado de dependencia.
Para que a una persona le reconozcan la dependencia y tenga derecho a las ayudas, debe ser valorada por la administración pública correspondiente.
El grado de discapacidad se puede revisar
dos años después de la última resolución,
cuando se haya producido un cambio de situación
(agravamiento o mejoría)
y se acompañe de los informes que acrediten el cambio.
También se puede revisar el grado de discapacidad
si tiene un plazo de validez determinado,
siempre que falten menos de tres meses del cumplimiento
Las normativas que regulan la valoración del grado de discapacidad son:
-Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad
-Orden SSI/1474/2014, de 28 de julio, por la que se modifica la Orden de 2 de noviembre de 2000, por la que se determina la composición, organización y funciones de los Equipos de Valoración y Orientación dependientes del Instituto de Mayores y Servicios Sociales y se desarrolla el procedimiento de actuación para la valoración del grado de discapacidad dentro del ámbito de la Administración General del Estado
-Orden TAS/646/2007, de 9 de marzo, por la que se modifica la Orden de 12 de junio de 2001, sobre creación, composición y funciones de la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Minusvalía
El reconocimiento de la situación de dependencia da acceso a los siguientes servicios y prestaciones.
-Servicios de prevención de las situaciones de dependencia.
- Servicios de promoción de la autonomía personal.
- Servicio de Teleasistencia.
- Servicio de ayuda a domicilio.
- Servicio de centro de día y de noche.
- Servicio de atención residencial.
- Prestación económica vinculada al servicio.
- Prestación económica para cuidados en el entorno familiar y apoyo a cuidadores no profesionales.
- Prestación económica de asistencia personal.
Es importante tener en cuenta que, en general, todos los servicios y prestaciones son incompatibles entre sí,
salvo en el caso de los servicios de prevención y promoción de la autonomía personal, el servicio de teleasistencia y los servicios de ayuda a domicilio y atención diurna
Sí. Puede ser revisada:
• Cuando existe una mejoría o empeoramiento de la situación de dependencia.
• Cuando se produce un error de diagnóstico o un error en la aplicación del
correspondiente baremo.
• La administración puede revisar de oficio el grado. Por ejemplo, a los 18 años.
Para solicitar la valoración de la situación de dependencia se necesita:
• Formulario de solicitud (se obtiene en los Servicios Sociales o en la web de
los Servicios Sociales de la comunidad autónoma).
• DNI/NIE o pasaporte de la persona solicitante.
• Certificado de empadronamiento para acreditar la residencia.
• Informes médicos y sociales que acrediten la situación de dependencia.
• Declaración de ingresos y patrimonio (en algunas comunidades).
• Documento de representación legal, si aplica (por ejemplo, en caso de
guardadores de hecho y curadores).
La solicitud se puede realizar:
• De manera presencial:
- En los Servicios Sociales del ayuntamiento donde vive la persona.
- En la Consejería de Servicios Sociales o dependencia equivalente de
la comunidad autónoma.
- En las oficinas de registro de la administración autonómica.
• Online (telemáticamente):
- A través de la sede electrónica de la comunidad autónoma, si se
dispone de certificado digital o Cl@ve.
• Por correo postal:
- Enviando la documentación a la consejería correspondiente de la
comunidad autónoma.
Las entidades de apoyo
a la toma de decisiones,
sustituyen a las fundaciones tutelares.
Son entidades sin ánimo de lucro
que prestan servicios de apoyo
a las personas con discapacidad,
preferentemente discapacidad intelectual
o del desarrollo (PDID),
en el ejercicio de su capacidad jurídica,
partiendo de su voluntad, deseos y preferencias.
Proporcionar a la persona con discapacidad, apoyo, protección y defensa de sus derechos e intereses, acogiéndola, escuchándola, respetándola y acompañándola en su trayectoria vital, para mejorar su calidad de vida y el fomento de su autonomía e inclusión social.
Las entidades de apoyo
a la toma de decisiones,
sustituyen a las fundaciones tutelares.
Son entidades sin ánimo de lucro
que prestan servicios de apoyo
a las personas con discapacidad,
preferentemente discapacidad intelectual
o del desarrollo (PDID),
en el ejercicio de su capacidad jurídica,
partiendo de su voluntad, deseos y preferencias.
Se conocen como entidades
de apoyo a la capacidad jurídica.
La capacidad jurídica
es la posibilidad que tiene una persona
de ser dueña de sus derechos y obligaciones
sin que nadie tome decisiones por ella.
Esta voluntad se manifiesta
mediante un poder o acta notarial,
o por una resolución judicial (sentencia),
según la normativa del momento.
Actualmente esta normativa es
la Ley 8/2021,
por la que se reforma
la legislación civil y procesal
para el apoyo a las personas con discapacidad
en el ejercicio de su capacidad jurídica.
Cuando la persona o la familia solicita apoyo para:
• Valorar y tomar algunas decisiones que afectan a la vida de la persona.
• Ejercer sus derechos y sus obligaciones.
• Proteger y defender sus derechos e intereses.
A través del Programa de apoyo a familias desarrollamos actividades como:
- INFORMACIÓN Y ORIENTACIÓN
Una de las tareas más difíciles que te puedes encontrar cuando tienes un familiar con discapacidad es la de recopilar toda la información relativa a la misma. En FADEMGA y en cada una de nuestras entidades federadas, hay servicios que pueden informarte sobre los recursos que existen para tu familiar con discapacidad y para otros miembros de tu familia.
En el caso de la Federación, puedes solicitar información por teléfono (981 51 96 50) a través de esta página web (en el apartado "Contacta"), o solicitando una entrevista con el o la profesional responsable de Apoyo a Familias en la misma (familias@fademga.org).
- APOYO EMOCIONAL
Algunas familias pueden necesitar apoyo emocional para afrontar los cambios que están viviendo con su familiar con discapacidad. No todas las personas están preparadas para asumir y entender lo que la discapacidad conlleva, ni tienen la energía que supone reorganizarse para atender todas las necesidades de su familiar con discapacidad.
Desde FADEMGA Plena inclusión ofrecemos apoyo a través de grupos formados por familiares que se reúnen periódicamente para intercambiar experiencias, ayudarse mutuamente y fomentar las relaciones entre familias, como por ejemplo, nuestro grupo de herman@s y cuñad@s.
Si tienes interés en participar o en que alguien de tu familia participe en uno de ellos, contáctanos en areasocial@fademga.org.
- FORMACIÓN A FAMILIARES
Acompañar a tu familiar con discapacidad a largo de su ciclo vital puede requerirte formación y habilidades nuevas. Desde FADEMGA organizamos periódicamente encuentros, charlas y talleres dirigidos a familiares que pueden resultarte de interés. A través de nuestras redes sociales te informamos puntualmente de cada actividad!
- CONCILIACIÓN Y RESPIRO
Atender a un familiar con discapacidad puede conllevar una gran cantidad de tiempo y mucha disponibilidad. Actualmente el ritmo de vida se ha acelerado y es habitual que genere cansancio y estrés. En FADEMGA contamos con un servicio de respiro familiar para facilitar la conciliación así como para ofrecer a los familiares cuidadores un tiempo que pueden dedicar a sí mismos. Si deseas más información sobre este servicio, puedes escribirnos a familias@fademga.org.
- ÁREA SOCIAL
En la Federación contamos con una serie de programas de atención a personas con discapacidad intelectual, con los que queremos llegar a todas las realidades. Puedes conocer estos programas a través de esta web, entrando en el apartado de "Proyectos / Apoyo a personas con discapacidad intelectual". Ente ellos cabe destacar el programa de atención a mujeres, programa de exclusión social, de salud mental, accesibilidad...
Después de la educación obligatoria, vuestro hijo o hija puede continuar formándose para conseguir habilidades y competencias laborales.
Si no tiene el título de la ESO puede acceder a:
- Educación de personas adultas.
- Programas formativos profesionales.
- Programas de orientación, formación e inserción laboral
que realizan asociaciones y entidades privadas.
- Cursos sobre temas variados para obtener cualificaciones y certificados profesionales de Nivel I que realizan distintas entidades y empresas.
- Si tiene el título de la ESO puede acceder a:
Programas formativos profesionales de Grado Medio.
Hay un 5% de plazas reservadas a alumnado con discapacidad. Bachillerato.
También puede acceder a:
- Programas universitarios de formación para el empleo de jóvenes con discapacidad intelectual, del desarrollo y/o del espectro del autismo.
- Cursos de cualificación profesional que ofrecen distintas entidades y empresas (certificados de profesionalidad).
Existen centros y servicios de apoyo para personas con discapacidad intelectual mayores de 18 años, con horario de día (diurno), en los que se realizan actividades relacionadas con la ocupación, el desarrollo de habilidades y/o la atención asistencial.
Los centros y servicios más habituales son:
- Centros ocupacionales
Tienen como objetivo desarrollar habilidades profesionales, personales y sociales de las personas con discapacidad que tienen grandes barreras para el acceso al empleo.
Cuentan con áreas ocupacionales y de habilitación personal y social, además de un área específica de inserción laboral.
- Centros de día
Proporcionan apoyos a las personas con discapacidad intelectual con grandes necesidades de apoyo para promover el máximo desarrollo de sus capacidades,prevenir el deterioro cognitivo y fomentar el envejecimiento activo.
También existen programas de Ciudadanía Activa que promueven la autonomía personal de las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo para mantener y mejorar su calidad de vida, favoreciendo su autodeterminación, participación, inclusión social y el ejercicio de sus derechos.
En estos programas se suelen realizar diferentes actividades: grupos de autogestores, encuentros de personas con discapacidad, talleres de salud y bienestar, actividades de ocio y tiempo libre, etc.
De los 14 años en adelante es el médico de atención primaria (o de familia) quien hace la valoración y si lo cree conveniente, deriva a alguno o varios de los siguientes servicios:
Servicio de Salud Mental Infanto Juvenil, Servicio de Salud Mental o Neurología.
Están compuestos por equipos multidisciplinares, con profesionales de diferentes áreas: medicina, psicología,
enfermería o trabajo social.
Si el niño, niña o adolescente tiene menos de 18 años le atenderán en el Servicio de Salud Mental Infanto Juvenil.
Si tiene más de 18 años, le atenderán en el Servicio de Salud Mental.
Estos servicios ofrecen atención especializada e integral a las personas con problemas de salud mental.
Neurología: Es la especialidad médica que estudia y trata la estructura, función y desarrollo del sistema nervioso
(central, periférico y autónomo) y muscular. Las causas más frecuentes de consulta son: epilepsia,
trastornos cognitivos, alteraciones de conducta o sospecha de discapacidad.
La etapa infantil va desde los 0 hasta los 14 años. Salvo que la derivación se realice desde el hospital en el nacimiento es el pediatra quien hace la valoración inicial y si lo cree necesario, puede derivar a tu hijo o hija a alguno o varios de los siguientes servicios:
- Neuropediatría:
Es la especialidad médica que estudia y trata los problemas del sistema nervioso durante su desarrollo:
la estructura, función y desarrollo de los sistemas nerviosos centrales y neuromuscular.
Las causas más frecuentes de consulta son: epilepsia, problemas de aprendizaje, alteraciones de conducta,
dolores de cabeza o sospecha de discapacidad.
- Servicio de Atención temprana:
Es un servicio destinado a la prevención, la detección precoz, el diagnóstico y la atención de las alteraciones del desarrollo de los niños y niñas entre 0 y 42 meses o los mayores de esta edad que no estén escolarizados.
Su objetivo es potenciar las capacidades para evitar o minimizar la posible discapacidad,
promover el correcto desarrollo y fomentar la autonomía personal.
Puede derivar a este servicio el pediatra de atención primaria, un médico especialista del Servicio Cántabro de Salud, un profesional de los servicios sociales (p.e.: trabajador social) o de servicios educativos (p.e.: orientador).
- Servicio de Salud Mental Infanto Juvenil:
Están compuestos por equipos multidisciplinares, con profesionales de diferentes áreas: medicina, psicología,
enfermería o trabajo social.
Desarrollan actuaciones ambulatorias (consultas) y hospitalarias (ingresos).
Atienden a niños y adolescentes con dificultades o problemas psíquicos
(p.e.: alteraciones de comportamiento graves)
Un buen futuro se construye entre todos y todas.
Las familias con un miembro con discapacidad intelectual y/o del desarrollo, desempeñan las mismas funciones que las demás e intentan satisfacer las necesidades de todas las personas que la forman. La diferencia está en que cada una de estas funciones es más difícil de cumplir cuando la familia cuenta con un miembro con discapacidad intelectual o del desarrollo, debido a la mayor intensidad de apoyos y recursos que necesita.
Adaptarnos a las diferentes situaciones con las que nos vamos encontrando puede ser en ocasiones algo difícil y es por ello que como familia podéis pedir apoyo, bien sea para manejar vuestros sentimientos, inquietudes, miedos o para compartir vuestras alegrías, vivencias y experiencias. Plena inclusión cuenta con grupos de apoyo emocional para madres, padres, hermanos y hermanas, abuelos y abuelas, etc.
Para poder adelantarnos y prepararnos para el futuro es interesante que como familia os planifiquéis. El futuro es algo en lo que tenéis que pensar entre todos los miembros de la familia, construyéndolo entre todos desde el presente.
¿En qué momento os encontráis? La importancia de tener un proyecto de vida.
Tener un proyecto de vida es importante para cualquier persona y es por ello que debemos procurar que todos los miembros de nuestra familia puedan tener el suyo, partiendo de que cada uno de nosotros tiene diferentes metas, capacidades o necesidades.
Es importante visitar distintos centros.
Cuando visitéis los centros podéis fijaros en:
- El compromiso del centro con la diversidad del alumnado.
- Qué proyecto educativo tiene.
- El número de alumnos.
- Si realizan actividades de participación en la comunidad.
- Si está cerca de vuestro domicilio, si está bien comunicado o hay diferentes opciones de transporte público.
- El personal con el que cuenta: profesores, profesores de apoyo o especialistas (Pedagogía terapéutica o Audición y Lenguaje), número de orientadores, etc.
- Las experiencias anteriores que han tenido con alumnos/as con NEE.
- Si trabajan la sensibilización hacia el alumnado con necesidades diferentes y hacia sus familias,
la tolerancia y el respeto hacia los demás.
- Qué tipo de jornada tienen: continua o partida.
- Si hay transporte adaptado o comedor.
- Si las instalaciones son accesibles y están adaptadas a nivel físico y cognitivo.
- Si vuestro hijo o hija puede participar en las actividades extraescolares y si contará con apoyo para hacerlo.
- Cómo podéis asociaros a la Asociación de Madres y Padres (AMPA),
que tipo de actividades organiza, qué apoyos podéis recibir, etc.
También podéis preguntar a otras familias de personas con discapacidad o informaros en:
- La Conselleria de Educación.
- El Equipo de Atención Temprana.
- Los Servicios de orientación educativa.
- Escuelas infantiles .
Podéis solicitar plaza para vuestro hijo o hija en el centro que elijáis, dentro de la modalidad educativa
que se refleje en el dictamen de la escolarización.
Si tiene necesidades educativas especiales es la comisión de escolarización la que determina el centro,
teniendo en cuenta los apoyos que requiere, el número de alumnado con necesidades educativas matriculado y otras circunstancias.
Planificar es construir el futuro es imaginar y visibilizar cómo nos gustaría que fuera nuestra vida y organizar los pasos que daremos para conseguirlo.
Planificarnos:
- Ayuda a prepararnos emocionalmente para los cambios del futuro y nos aporta seguridad y confianza.
- Reduce el estrés de la familia y ayuda a vivir mejor el presente.
- Facilita descubrir apoyos y oportunidades (qué papel pueden tener las personas que viven cerca, qué servicios
y apoyos existen en las organizaciones, etc.).
- Hace prever los pasos que podemos dar para construir el futuro que deseamos para la persona con discapacidad y para el resto de la familia.
Planificar en familia implica:
- Acordar juntos cómo queremos que sea nuestra vida, cómo vamos a apoyar a nuestro familiar con discapacidad y cuál va a ser nuestro papel y el de otros familiares.
- Dedicar tiempo a hablar sobre los deseos de todos los miembros de la familia, con especial sensibilidad hacia la persona con discapacidad.
Consejos para planificar el futuro en familia:
- Busca información sobre recursos o servicios disponibles en tu comunidad autónoma.
- Puedes hablar con nosotros, con la trabajadora social de tu centro de salud, ayuntamiento o asociación o hablar con otras familias que hayan pasado por una situación similar a la vuestra.
- No dejes de lado tu propio futuro, necesidades, expectativas y metas personales.
- Busca tiempo para ti, para cuidarte, disfrutar y descansar.
Hacerlo te ayudará a reactivarte y sentirte mejor.
- Puedes contar con apoyo de servicios de conciliación o compartir experiencias y apoyo de otros familiares
(padres, madres, hermanos y hermanas, abuelos y abuelas…).
- Tienes un papel protagonista en el desarrollo de las capacidades de tu hijo o hija.
- Anímale y apóyale para que tome decisiones, por pequeñas que sean, y hazle partícipe de los planes familiares.
- Comparte las responsabilidades y las tareas familiares porque la sobrecarga no es una buena aliada.
- Puedes compartir tus sentimientos, inquietudes y deseos con otras personas.
Es importante que conozcáis el plan de apoyos de vuestro hijo o hija.
-¿El profesorado adapta su contenido a las necesidades de cada estudiante?
-¿Se prima la comprensión del alumnado a través de diferentes modos de comprensión?
- ¿Hay un compromiso con el ritmo de avance de cada estudiante?
-¿Se facilita la relación y colaboración entre niños y niñas?
Si no habéis participado en la elaboración del plan, podéis consultarle al orientador u orientadora del centro por él.
Tenéis derecho a:
- Conocer las horas específicas de apoyo que tiene.
- Estar informado sobre el seguimiento del tutor/a y de los especialistas (p.e.: PT y AL).
- Saber si va a salir del aula para recibir apoyo.
- Conocer cómo van a evaluar su progreso.
- Que os expliquen cómo puede participar vuestra familia para reforzar los apoyos de la escuela.
Etc.
Es necesario tener reconocida la situación de dependencia.
Si vuestro hijo o hija no tiene reconocida la situación de dependencia podéis solicitarla.
Si tiene reconocida la dependencia, dependiendo del servicio al que se quiera acceder, es necesario realizar una revisión del PIA (Programa Individual de Atención a la Dependencia) a través de los Servicios Sociales.
Es recomendable hacerlo con suficiente antelación para poder acceder a la plaza cuando llegue el momento.
Este trámite tarda más de 6 meses.
Si no obtiene plaza pública en el centro y servicio deseado, podéis optar por una plaza privada solicitando una Prestación Vinculada al Servicio (PVS).
Este prestación financia los gastos del servicio elegido y varía en función del grado de discapacidad.
La PVS se debe entregar en el centro al que asiste.
La modalidad educativa se determina en el dictamen de escolarización que es un documento oficial con carácter jurídico que:
- Certifica que un niño o niña presenta NEE.
- Especifica cuáles son esas NEE.
- Dictamina cuáles son los recursos humanos y materiales extraordinarios que necesita.
- Propone a la administración educativa la modalidad de escolarización más adecuada.
El dictamen de escolarización es el conjunto de dos informes:
- Un Informe Técnico: elaborado por un orientador u orientadora que evalúa las necesidades educativas del alumno y propone dónde debe ser escolarizado y qué recursos va a necesitar.
- Un informe de inspección educativa haciendo la propuesta concreta de escolarización.
El dictamen de escolarización es competencia de los orientadores.
El informe de evaluación psicopedagógica y el dictamen de escolarización son dos documentos diferentes.
El informe de evaluación psicopedagógicaes el informe que recoge y analiza
toda la información relevante del niño o niña:su historia personal y escolar, sus datos médicos,
información del contexto familiar y escolar, el proceso de diagnóstico clínico, si se ha realizado;
y explica el procedimiento para determinar según las necesidades educativas de un alumno.
Si no estáis de acuerdo con el dictamen de escolarización, podéis presentar un recurso en el plazo de un mes desde la recepción de la resolución.
Recordad que tenéis derecho a:
- Acudir a las entrevistas.
- Preguntar al orientador u orientadora qué apoyos se plantean, qué currículo va a seguir vuestro hijo o hija, o qué ventajas e inconvenientes tienen las opciones que os plantea.
- Aportar información que sea útil para su escolarización.
- Firmar el informe técnico.
- Solicitar una copia del informe técnico y del dictamen de escolarización.
- Solicitar su revisión en el centro cuando lo creáis necesario.
Aportar datos sobre vuestro hijo o hija: sobre su desarrollo,
intereses, comunicación, entorno, apoyos, relaciones, etc.
Una vez presentada la solicitud, un profesional sociosanitario con formación específica na aplicación do BAREMO DE VALORACIÓN DE LA SITUACIÓN DE DEPENDENCIA (BVD), realizará la valoración en vuestro domicilio y tendrá en cuenta la salud de tu hijo/-a, el entorno en el que vive y las ayudas técnicas, órtesis (férula, corsé, personal..) y prótesis (de cadera, de rodilla, dental...) prescritas.
En el momento de la valoración se pueden incorporar informes de salud de especialistas y de atención primaria.
También se pueden aportar informes sociales o de otros profesionales.
En un plazo máximo de 6 meses recibiréis una carta con la resolución de la situación de dependencia y el Programa Individual de Atención (PIA):
El PIA es un documento que indica los recursos, servicios o prestaciones económicas asignadas.
La necesidad de los apoyos (personales y materiales) se determina en el informe psicopedagógico.
Los apoyos más habituales son:
- Adaptaciones de acceso al currículo educativo.
- Adaptaciones curriculares significativas y no significativas.
- Flexibilización de la duración de la etapa.
- Programas específicos de refuerzo y/o acompañamiento.
Ayudas técnicas.
- Apoyo especializado de pedagogía terapéutica.
- Apoyo especializado de audición y lenguaje.
- Apoyo especializado de un técnico en interpretación
de lenguaje de signos (TILSE).
- Apoyo especializado de un técnico sociosanitario.
_Fisioterapia.
En el caso del apoyo especializado en fisioterapia y del técnico sociosanitario
es necesario una evaluación psicopedagógica que indique la necesidad del recurso personal específico.
Y es el centro educativo el que realiza la petición a la Consejería de Educación.
• Información y asesoramiento:
Informan sobre temas relacionados con las medidas de apoyo, cómo prestar esos apoyos y los servicios que ofrecen.
• Servicios de apoyo para el ejercicio de la capacidad jurídica:
Asesoramiento y apoyo legal, como apoyo para administrar los bienes, rentas y patrimonios, o la comparecencia ante los juzgados.
• Apoyo personal continuado.
En temas de salud, relaciones sociales, comunicación familiar, trámites, compras, coordinación con profesionales de los centros o recursos en los que vive y participa la persona.
• Gestión y administración económica y financiera del patrimonio de cada persona apoyada.
Inventarios y rendiciones de cuentas, declaraciones anuales, pensiones, renta y gestión de seguros privados.
• Servicio de planificación de la transición del apoyo.
Se comprometen con la persona con discapacidad, para que cuando su familia o sus apoyos naturales falten, cuente con los apoyos que necesite.
• Voluntariado.
Promueve la participación de personas voluntarias que creen un vínculo activo y duradero en el tiempo con la persona con discapacidad.
Las necesidades educativas especiales (NEE)
hacen referencia al conjunto de apoyos y recursos adicionales
que algunas personas pueden necesitar
para acceder a la educación
en igualdad de condiciones que el resto del alumnado.
En muchas ocasiones las necesidades educativas especiales se identifican cuando el niño o niña comienza la etapa escolar o en los primeros cursos.
En los casos en los que el centro escolar detecte las NEE el centro o el equipo de orientación se pondrá en contacto con vosotros para realizar una valoración psicopedagógica de vuestro hijo o hija
y así poder tomar decisiones.
En ocasiones la discapacidad se detecta desde el nacimiento, como, por ejemplo, en el caso del Síndrome de Down o la parálisis cerebral. En estos casos desde el hospital os derivarán al Servicio de Atención Temprana
y al profesional médico especialista correspondiente, generalmente el/la neuropediatra.
Sin embargo, en muchas ocasiones la discapacidad intelectual o del desarrollo, no se detecta hasta el periodo preescolar o escolar.
Si detectas un síntoma de alerta en el desarrollo de tu hijo o hija,
acude a su pediatra si es menor de 14 años, o a su médico de familia si tiene más de 14 años.
El pediatra o médico de atención primaria (o de familia), derivará a tu hijo o hija a la consulta médica especialista
para realizar el diagnóstico (p.e.: neuropediatra, neurología, …).
La calidad de vida de las personas adultas está muy relacionada con el empleo y el desarrollo de competencias profesionales y con la participación social.
El empleo además de ser un derecho, es un medio para conseguir una imagen más positiva y útil de uno mismo, reconocimiento social, optimizar el tiempo, pertenecer a un grupo social, independencia económica e inclusión social.
Por eso es importante que haya empleo en unas condiciones que permitan la autonomía y la independencia
de las personas con discapacidad.
Cada niña y cada niño evoluciona de un modo diferente; nadie sabe cómo va evolucionar y no sabemos qué apoyos y servicios va a necesitar. Las y los profesionales especializados os irán dando orientaciones adecuadas en cada momento. Es importante vivir el día a día, disfrutar de vuestra hija o hijo y colaborar con las y los profesionales que le atienden.
La mayoría de las personas con discapacidad intelectual y del desarrollo
pueden llevar una vida bastante independiente si cuentan con apoyo.
El nivel de apoyo es diferente para cada persona, por ejemplo, una persona puede necesitar apoyo puntual
para hacer una gestión o conseguir un trabajo o puede necesitar atención y apoyo constante
en todos los aspectos de su vida.
Las personas con discapacidad intelectual con grandes necesidades de apoyo o discapacidad múltiple
seguramente necesitarán más atención y apoyo en áreas como la movilidad, el cuidado personal
(asearse, vestirse, comer, etc.) o la comunicación.
En función de las necesidades de vuestro hijo o hija existen diferentes posibilidades.
Para valorar las opciones y tomar una decisión podéis:
- Preguntar a vuestro hijo o hija qué le gustaría hacer en el futuro, en qué le gustaría trabajar…
- Siempre que sea posible la decisión debe tomarla él o ella, con el consejo de su familia y las personas que mejor le conocen.
- Reflexionar en familia sobre sus intereses, capacidades y opciones.
- Consultar a otras personas que le conocen bien (familiares, profesionales, amigos y personas cercanas).
- Buscar información sobre las opciones que existen o conocéis en vuestro pueblo o ciudad.
- Tener en cuenta los medios de transporte disponibles y valorar sus posibilidades de uso.
- Desde el centro en el que vuestro familiar ha estado escolarizado, pueden facilitaros información sobre las diferentes opciones educativas, laborales, ocupacionales, asistenciales, etc.
También podéis preguntar en nuestra federación o incluso podéis hablar con otras familias de personas con discapacidad.
El grado de dependencia puede ser Grado I, Grado II o Grado III.
- Dependencia moderada (Grado I):
Necesidad de apoyo intermitente o limitado.
Si la persona necesita apoyo al menos una vez al día para realizar ciertas actividades básicas de la vida diaria:
asearse, comer, ir a la compra, etc.
- Dependencia severa (Grado II):
Necesidad de apoyo intermitente extenso.
Si la persona necesita ayuda dos o tres veces al día para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, pero no necesita el apoyo permanente de otra persona.
- Gran dependencia (Grado III)
Necesidades de apoyo generalizado.
Si la persona necesita ayuda varias veces al día o cuando tenga una pérdida total de autonomía física,
mental, intelectual o sensorial y necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona.
Prestan apoyos a las personas con discapacidad intelectual o del desarrollo mayores de edad en el ejercicio de su capacidad jurídica.
• Responden a las demandas de cada persona con discapacidad ejerciendo la figura de apoyo en la toma de decisiones que se les asigne.
Pueden ser medidas jurídicas o voluntarias de apoyo.
• Acompañan a la persona con discapacidad en su proyecto de vida, de manera personalizada y según su voluntad, deseos y preferencias.
• Orientan y asesoran a las familias y redes de apoyo de las personas con discapacidad.
Después de la valoración médica o multidisciplinar os darán un informe con el diagnóstico.
Si el diagnóstico implica discapacidad podéis solicitar el certificado de discapacidad.
Poner un nombre a lo que le pasa a tu hijo o hija es un paso adelante, imagina el diagnóstico como una llave a diferentes opciones y soluciones.
Al principio recibirás mucha información, pero intenta tomarlo con calma.
Pregunta todo lo que necesites, tanto a los profesionales como a otros familiares con hijos con discapacidad.
Ten presente que no todos los casos son iguales, incluso con el mismo diagnóstico el desarrollo puede variar, intenta no pensar en límites.
Seguramente ahora te enfrentes a muchas emociones: miedo, incertidumbre… que son completamente normales.
Para manejarlas puedes:
- Apoyarte en la familia y en seres queridos.
- Quedar con personas que te hagan sentir bien y escuchen.
- Hacer cosas que te gusten.
- Buscar consejo en otras familias.
- Buscar información, orientación y asesoramiento profesional.
- En nuestra federación podemos orientarte sobre los primeros pasos a dar.
- También puedes pedir cita con el trabajador social de tu ayuntamiento, hospital o centro de salud de referencia.
- Familiarizarte con el papeleo y la organización (puedes tener una caja, archivador o carpeta en donde guardar todos los informes, documentación, etc.)
Poco a poco descubrirás que hay muchos recursos a tu alcance para mejorar vuestra calidad de vida familiar.
Lo primero que debes saber es que ya estás en el camino correcto, buscar información es un buen comienzo.
Lo más importante en este momento es resolver tus primeras dudas, así que intentaremos guiarte por la dirección adecuada.
La discapacidad intelectual se diagnostica cuando se cumplen 3 criterios:
- Tener un funcionamiento intelectual inferior a 70 puntos de Cociente Intelectual, medido por determinadas pruebas de inteligencia.
- Tener limitaciones en las habilidades para adaptarse a la vida corriente (lenguaje, movilidad, aprendizaje, autocuidado, vida independiente), que también debe ser medido por determinadas pruebas y
- Que lo anterior se produzca antes de los 18 años de vida.
Si sospechas que un familiar puede tener alguna limitación en su desarrollo, por favor habla con su pediatra o médico para que le realice una evaluación. Cuanto más temprano se detecten los síntomas, más posibilidades les damos a nuestros familiares de alcanzar un desarrollo óptimo y les estaremos brindando la oportunidad de una inclusión familiar, educativa y social.
Debes saber que este diagnóstico no es una etiqueta a la que haya que temer, es una herramienta que nos va a ayudar a elegir los mejores apoyos y estrategias para conseguir que tu familiar alcance su máximo potencial pues, con los apoyos adecuados, una persona con discapacidad intelectual mejora en su funcionamiento y su ajuste al contexto social, físico y cultural en el que vive.
Si necesitas más información puedes llamarnos al 981 51 96 50 o escribirnos a fademga@fademga.org
El empleo es una de las formas más importantes de conseguir la inclusión de las personas con discapacidad intelectual. Algunas opciones que ofrecen las federaciones y entidades son:
-Itinerarios personalizados y empleo con apoyo: Planes pensados para cada persona para conseguir y mantener su empleo.
-Empleo público: Trabajo en administraciones públicas como ayuntamientos o ministerios. 2 de cada 100 plazas deben reservarse a personas con discapacidad intelectual.
Para conseguirlo, colaboramos con las administraciones para que adapten a lectura fácil los temarios y los exámenes.
-Empleo personalizado: Es un tipo de empleo pensado para las personas con discapacidad y más necesidades de apoyo. El empleo personalizado busca los talentos de estas personas y colaborar con las empresas para crear puestos de trabajo pensando en esos talentos.
-Centros de especiales de empleo: Son espacios de trabajo remunerado y protegido donde la mayoría de las personas que trabajan tienen discapacidad.
Intenta facilitar que trabajen en el mercado ordinario de trabajo.
En cada etapa: infancia, juventud y vejez, y dependiendo de las capacidades y necesidades de vuestro hijo o hija
existen diferentes opciones y aspectos a tener en cuenta.
La educación es un servicio comunitario esencial, que debe garantizar la igualdad de oportunidades y avanzar en la lucha contra la discriminación y la desigualdad.
La educación inclusiva es un derecho recogido en el artículo 24 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y en el Objetivo 4 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Todos los niños y niñas con discapacidad TIENEN DERECHO a asistir y a aprender en aulas comunes,
junto a niños y niñas que no tienen discapacidad.
También tienen derecho a recibir
todos los apoyos que necesiten en la escuela y la que se realicen las adaptaciones necesarias para su aprendizaje.
Nuestro sistema educativo debe disponer de los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional: recursos personales, materiales, metodológicos etc.
Actualmente nuestro sistema educativo contempla la escolarización del alumnado con necesidades educativas especiales en las diferentes etapas educativas en centros comunes y en centros de educación especial.
Para eso, cuentan con medidas organizativas y curriculares, y programas y servicios específicos
(refuerzo, adaptación curricular, aulas de educación especial, Centros de Recursos para la Educación Especial (CREE) etc.)/ etc.).
Las entidades de apoyo
a la toma de decisiones,
sustituyen a las fundaciones tutelares.
Son entidades sin ánimo de lucro
que prestan servicios de apoyo
a las personas con discapacidad,
preferentemente discapacidad intelectual
o del desarrollo (PDID),
en el ejercicio de su capacidad jurídica,
partiendo de su voluntad, deseos y preferencias.
Se conocen como entidades
de apoyo a la capacidad jurídica.
La capacidad jurídica
es la posibilidad que tiene una persona
de ser dueña de sus derechos y obligaciones
sin que nadie tome decisiones por ella.
Esta voluntad se manifiesta
mediante un poder o acta notarial,
o por una resolución judicial (sentencia),
según la normativa del momento.
Actualmente esta normativa es
la Ley 8/2021,
por la que se reforma
la legislación civil y procesal
para el apoyo a las personas con discapacidad
en el ejercicio de su capacidad jurídica.
¿Cuál es su misión?
Proporcionar a la persona con discapacidad,
apoyo, protección y defensa
de sus derechos e intereses,
acogiéndola, escuchándola,
respetándola y acompañándola
en su trayectoria vital,
para mejorar su calidad de vida
y el fomento de su autonomía
e inclusión social.
¿Cuándo actúan?
Cuando la persona o la familia
solicita apoyo para:
• Valorar y tomar algunas decisiones
que afectan a la vida de la persona.
• Ejercer sus derechos
y sus obligaciones.
• Proteger y defender
sus derechos e intereses.
¿Qué hacen las entidades de apoyo
a la toma de decisiones?
• Prestan apoyos a las personas
con discapacidad intelectual o del desarrollo
mayores de edad
en el ejercicio de su capacidad jurídica.
• Responden a las demandas
de cada persona con discapacidad
ejerciendo la figura de apoyo
en la toma de decisiones
que se les asigne
Pueden ser medidas jurídicas
o voluntarias de apoyo.
• Acompañan a la persona con discapacidad
en su proyecto de vida,
de manera personalizada
y según su voluntad, deseos y preferencias.
• Orientan y asesoran a las familias
y redes de apoyo
de las personas con discapacidad.
¿Con qué servicios cuentan?
• Información y asesoramiento.
Informan sobre temas relacionados
con las medidas de apoyo,
cómo prestar esos apoyos
y los servicios que ofrecen.
• Servicios de apoyo para el ejercicio
de la capacidad jurídica.
Asesoramiento y apoyo legal,
como apoyo para administrar
los bienes, rentas y patrimonios,
o la comparecencia ante los juzgados.
• Apoyo personal continuado.
En temas de salud, relaciones sociales,
comunicación familiar, trámites, compras,
coordinación con profesionales
de los centros o recursos
en los que vive y participa la persona.
• Gestión y administración económica y financiera
del patrimonio de cada persona apoyada.
Inventarios y rendiciones de cuentas,
declaraciones anuales, pensiones,
renta y gestión de seguros privados.
• Servicio de planificación
de la transición del apoyo.
Se comprometen con la persona con discapacidad,
para que cuando su familia
o sus apoyos naturales falten,
cuente con los apoyos que necesite.
• Voluntariado.
Promueve la participación de personas voluntarias
que creen un vínculo activo y duradero
en el tiempo con la persona con discapacidad.
Existen centros ordinarios y centros de educación especial.
De forma general se propone la escolarización en centro ordinario cuando las necesidades educativas especiales de vuestro hijo o hija pueden ser atendidas con los recursos de los centros ordinarios.
La escolarización puede ser:
- En centro ordinario.
- En centro de educación especial.
- Combinada.
- Escolarización en centro ordinario:
El alumnado con NEE está incluido en el aula ordinaria o en un aula de educación especial
en alguna de las siguientes opciones:
- A tiempo completo en el aula ordinaria.
- En tiempos variables en el aula ordinaria.
- En un aula especifica de educación especial
a tiempo completo
- Escolarización en Centros de Educación Especial:
Son centros en los que se escolariza exclusivamente alumnado con NEE asociadas a discapacidad.
Proporcionan servicios, recursos y medidas no generalizables en el sistema educativo ordinario.
(p.e.: fisioterapia, logopedia, actividades adaptadas, etc.).
- Escolarización combinada:
Combina la escolarización entre un centro ordinario y un centro o aula de educación especial, alternando actividades en uno y otro centro.
Es una modalidad de escolarización temporal y revisable

